Políticas de Líneas de Crédito

  1. No se permite en la línea de crédito de refundición deudas internas la salida de efectivo.

  2. En créditos con garantía fiduciaria se permite cubrir hasta un máximo de ¢15 millones con fiadores.

  3. En la línea de crédito vivienda variable antes del 23 de marzo de 2021, el asociado puede pasarse con tasa programada y se aplica la tasa de interés del último rango de tiempo +2 puntos que este vigente en el momento del traslado.

    Debe de cubrir los gastos legales y operativos que se deriven de la operación de traslado de línea.

  4. Garantía Fiduciaria:
    a) Funcionarios interinos que tengan al menos 24 meses de laborar ininterrumpidamente para la institución, no se permite la fianza entre funcionarios (as) deudor/fiador en estado de interino.
    b) Fiador externo a la institución, que tengan al menos 2 años de laborar para la misma institución o empresa.
    c) No se acepta la garantía fiduciaria de personas con ingresos que no sean asalariadas.

  5.  Para aprobar un crédito de líneas de vivienda con garantía hipotecaria se requiere una vez deducida la nueva cuota que el salario liquido sea como mínimo un 40% respecto a su salario bruto, todos los salarios brutos percibidos por el asociado, puede aportar los ingresos del conyugue o pareja conviviente. Y para las demás líneas un 30%, comprobados con constancia de ingresos, más los ingresos propios, quedan sujetos análisis y aprobación del Comité de Crédito.  Para los casos que no sean vivienda en que el porcentaje sea inferior al 30% y no menor al 25% de los ingresos brutos percibidos, pueden aportar ingresos por salarios de su conyugue o compañero sentimental en convivencia para llegar como mínimo al 30% requerido.

  6. En casos con préstamos de refundición de deudas no aplica la regla del 30% (capacidad de pago) ya que estos podrán ser aprobados siempre y cuando el resultado de una mejora en el salario liquido que percibe el asociado (a).

  7. Capacidad de pago:

    a) El salario bruto del fiador (es) debe de cubrir el 30% del monto solicitado y su salario liquido representar como mínimo un 30% respecto al salario bruto.

    b) En caso de que un crédito requiera mas de un fiador, uno de ellos debe de estar en propiedad. (externo o funcionario TEC)

  8. Se permite incrementar el disponible de ahorro para los asociados en propiedad con el TEC, con una proyección de hasta 12 meses de ahorro ordinario, en caso de desafiliarse antes de cubrir el ahorro proyectado la tasa de interés le subirá en 2.5 pts adicionales a la tasa ordinaria. Sólo el período queda descubierto la proyección del ahorro.

  9. Eliminar tope cuando los créditos son con garantía sobre ahorro 100%.

  10. Disponible extraordinario para ferias comerciales hasta un máximo de 500 mil colones para asociado en propiedad e interinos que tengan al menos 2 años de laborar para el TEC.

  11. Para Autogestión la capacidad tiene que ser diferenciada, sobre su salario bruto un 25%.

  12. Para los asociados pronto a pensionarse se les otorga un plazo que no supere el tiempo que les falta jubilarse, igualmente en caso de respaldar otro asociado (a) con garantía fiduciaria aplicará la misma regla de no superar el tiempo faltante para su jubilación.
 

Aplican condiciones generales de los prestamos.

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